El 22 de enero de 2025 darán inicio las precampañas electorales en los Municipios de
Canatlán, Cuencamé, Guadalupe Victoria, Mapimí, Mezquital, Nombre de Dios, Nuevo
Ideal, Poanas, Pueblo Nuevo, San Dimas, Santiago Papasquiaro, El Oro, Tamazula,
Tlahualilo y Vicente Guerrero, y concluirán el día 16 de febrero; las precampañas
electorales son el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y
personas precandidatas a candidaturas a cargos de elección popular debidamente
registrados por cada partido político.
El inicio de las precampañas para los Municipios de Canelas, Coneto de Comonfort,
General Simón Bolívar, Guanaceví, Hidalgo, lndé, Nazas, Ocampo, Otáez, Pánuco de
Coronado, Peñón Blanco, Rodeo, San Bernardo, San Juan de Guadalupe, San Juan
del Río, San Luis de Cordero, San Pedro del Gallo, Santa Clara, Súchil, Tepehuanes y
Topia, es partir del 28 de enero.
Todas las precampañas electorales para los Ayuntamientos del Estado de Durango
concluirán el 16 de febrero de 2025.
Las precampañas electorales, son el conjunto de actos que realizan los partidos
políticos, sus militantes y las personas precandidatas a candidaturas a cargos de
elección popular debidamente registrados por cada partido; los actos de precampaña
electoral, son las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos en
que las precandidaturas a una candidatura se dirigen a los afiliados, simpatizantes o al
electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para una postulación a
un cargo de elección popular.
Las personas precandidatas que rebasen el tope de gastos de precampaña
establecido por el Consejo General del IEPC serán sancionados con la cancelación de
su registro o, en su caso, con la pérdida de la candidatura que hayan obtenido.
Ningún ciudadano podrá participar simultáneamente en procesos de selección interna
de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, salvo que
entre ellos medie convenio para participar en coalición. Durante las precampañas está
prohibido el otorgamiento de artículos promocionales utilitarios.
Queda prohibido a los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular, en
todo tiempo, la contratación de propaganda o cualquier otra forma de promoción
personal en radio y televisión. La violación a esta norma se sancionará con la negativa
de registro como precandidato, o en su caso con la cancelación de dicho registro. De
comprobarse la violación a esta norma en fecha posterior a la de postulación del
candidato por el partido de que se trate, el Instituto negará el registro legal del
infractor.
Para más información consulta la página web del IEPC: https://www.iepcdurango.mx/